Está prohibido grabar o fotografiar el acto de votación

Está prohibido grabar o fotografiar el acto de votación

Foto archivo
Foto archivo

Está expresamente prohibido utilizar cámaras fotográficas, celular, video o cualquier otro equipo electrónico audiovisual en el acto votación. La resolución aparece en el artículo 292 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, junto con la denegación de portar armas en los centros de sufragio.

El Nacional

Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano, explicó que la disposición busca garantizar el secreto del voto. A mediados de noviembre circuló un audio en el que un supuesto funcionario de una entidad de gobierno del estado Zulia ordenaba a los trabajadores demostrar por quién votaron presentando una fotografía del comprobante que emite la máquina.





“Está absolutamente prohibido tomar fotos y grabar”, ratificó Lander. Agregó que el CNE dispondrá afiches en cada centro de votación para recordarles a los electores que no se permite el porte de armas, cámaras, ni celulares en el área en la que se ubican las mesas para ejercer el sufragio.