Preguntas a la Jueza de Kamel Salame, por José Luis Centeno S

Preguntas a la Jueza de Kamel Salame, por José Luis Centeno S

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Un juez que incurre en el incumplimiento de normas legales, como las contenidas en los artículos 4° y 6° del Código Orgánica Procesal Penal, más que indigno del cargo que ocupa es un malhechor, aparentemente ese es el caso de la Jueza Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, a cargo del proceso penal seguido al yaracuyano Kamel Salame, ella niega que sea un preso político, que no le haya hecho el juicio en 9 años, apunta a lo contrario.

El lunes 12 de marzo de 2018, el “Abg. MANUEL ANTONIO TRINIDADE GOMEZ, en su carácter de Fiscal Provisorio Trigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua”, solicitó a esa Jueza, Mary Carmen Amarista Herreraotorgar una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad” a Kamel Salame, coloquialmente hablando, le pidió que le diera libertad condicional, mediante el Oficio Nro. 05-F31-052-2018, con el visto bueno de la Abg. Clelia Iraima Pérez Vásquez, Fiscal Superior de esa entidad, y siguiendo instrucciones del Despacho del Fiscal General de la República, Tarek William Saab.





Pues bien, ¿qué sucedió?, el Martes 13, considerado un día de mala suerte, Kamel Salame desapareció del penal donde se encontraba en Maracay, días después se supo que estaba en el Centro de Formación del Hombre Nuevo“El Libertador”, ubicado en Tocuyito, estado Carabobo, vaya nombre para mantener secuestrado a un ser humano, digo secuestrado porque desde entonces mantienen allí a Salame aislado, incomunicado, ni sus familiares ni defensores han podido verlo, mucho menos constatar cómo se encuentra. La versión que cobra mayor fuerza es que está castigado, ¿por qué?, nadie parece saberlo.

Mientras tanto, la Jueza hace alarde de un silencio cómplice, olvidando que debería ser autónoma e independiente y su “Obligación de Decidir”. ¿Por qué lo hace? La razón estribaría en que Kamel Salame sería un mentiroso. Me explico. Kamel viene solicitando, desde hace años, con desesperación, autorización para someterse a intervenciones quirúrgicas, con ese fin solicitó una Medida Cautelar Sustitutiva de libertad como medida humanitaria que le permita recuperar su salud. Pero a juicio del Tribunal y otras autoridades competentes, él no necesita atención médica quirúrgica sino psiquiátrica, por eso lo aislaron, y como en las comiquitas, se tragaron la llave del calabozo.

Incurrieron en ese atropello estando en conocimiento de la opinión vinculante del Ministerio Público, que en el Oficio Nro. 05-F31-052-2018, señaló los “problemas serios de salud que padece el imputado”. Uno denuncia estas flagrantes violaciones de derechos humanos, un crimen de lesa humanidad, porque con esa conducta omisiva se causa un daño irreparable a Salame, y la Jueza Amarista Herrera siempre responde amenazándome con privarme de libertad si me presentó a su Despacho, mientras espero la Citación que dijo me mandaría, le haré unas preguntas tontas con la intención que “estudie y decida objetivamente la aplicación de una Medida menos gravosa de la Medida Privativa de Libertad que viene padeciendo el acusado desde hace más de nueve (09) años y tres (03) meses”, como se lo pidió el Ministerio Público.

Mary Carmen, ¿por qué tú opinas lo contrario, si el Ministerio Público “pudo corroborar que efectivamente, este ciudadano padece de múltiples patologías como son la hipertensión arterial, diabetes, problemas visuales de astigmatismo y miopía, sinusitis, desviación de tabique nasal que le genera problemas para respirar, nueve (9) hernias discales que requiere operación y terapias constantes, inflamación de la próstata, colón y riñones, varicocele, hernia inguinal, los cuales constituyen problemas de salud que se han venido acumulando y agudizando debido a su internamiento preventivo y constante, y a la falta de una debida atención médica especializada que, en muchos de los casos, sólo pueden ser atendidas en clínicas especializadas de diferentes partes del país”?

Mary Carmen, ¿por qué ignoras la petición del Ministerio Público después que te aclaró que “el Derecho a la Salud debe también ser amparado y aplicado al ciudadano imputado KAMEL SALAME, pues de la simple lectura del Expediente que cursa por ante este Tribunal, se puede observar diferentes exámenes Médicos Forenses, hechos tanto por los Médicos especialistas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, así como por los Médicos de la Unidad de Criminalística del Ministerio Público, donde señalan de manera clara y precisa, los problemas serios de salud que padece el imputado producto del desgaste físico propio de un encierro prolongado y que deben ser atendidos con prontitud, a los fines de preservar y garantizarle su derecho a la vida”?

Mary Carmen, ¿por qué persistes en tú actitud de mantener a Kamel Salame privado de libertad, si el Ministerio Público te señaló que “tiene derecho no sólo a su vida y libertad personal sino también derecho a su salud”, que “El mantenimiento y permanencia de una medida judicial de privación preventiva de libertad del imputado, en ningún caso podrá parecer y mucho menos deber ser confundida con la imposición de una pena” y que “el tiempo que falte por transcurrir y finalizar el debido proceso penal, afecta al imputado significativamente en su salud y puede convertir el juicio penal en una condena anticipada de pena de muerte, la cual, no está contemplada en la constitución nacional garante del debido proceso y respetuosa de los derechos humanos”.

Mary Carmen, permíteme una última preguntita, ¿será que Kamel Salame necesita ser fratricida para que tú no pongas objeciones a su libertad, como hiciste en el caso de uno, sangre de tu sangre, que por estos días vi feliz y contento gracias a ti?

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