Bloque Constitucional de Venezuela: Afiuni es víctima del delito de detención arbitraria y de torturas

Bloque Constitucional de Venezuela: Afiuni es víctima del delito de detención arbitraria y de torturas

Foto: Reuters

 

 

El Bloque Constitucional de Venezuela se pronunció recientemente sobre el caso de la jueza María Lourdes Afiuni y reiteró su exigencia del restablecimiento pleno de los derechos de la letrada, y su compromiso firme de reinstitucionalización del Sistema de Justicia independiente y democrático, atendiendo a una reestructuración y evaluación de la idoneidad de la gestión de los jueces, para sustituir el presente Sistema ideologizado y subordinado por el Gobierno bolivariano.

LaPatilla.com

Detallaron que Afiuni es víctima del delito de detención arbitraria y de torturas, de delitos de lesa humanidad y que además representa una manifestación burda del grado de deterioro de la institucionalidad judicial del país,como un caso de la indebida interferencia política por parte del ejecutivo en el Poder Judicial y de las represalias que se llevan a cabo en contra de los jueces por ejercer sus funciones constitucionalmente garantizadas, con el propósito de socavar el Estado de Derecho y obstruir la justicia.

A continuación puedes leer el comunicado completo:

EL BLOQUE CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL SE PRONUNCIA SOBRE LA REINSTITUCIONALIZACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA Y EL CASO DE LA JUEZ MARÍA LOURDES AFIUNI

El Bloque Constitucional de Venezuela  desde su constitución  en el año 2015,  ha tenido como propósito la defensa de la independencia del Poder Judicial y la reinstitucionalización del Sistema de Administración de Justicia; es por ello que, presenta como paradigma del requerimiento de tales propósitos, el caso de la Jueza María Lourdes Afiuni, por significar uno de los más emblemáticos de la intervención y del control por parte del régimen en el funcionamiento de dicho Poder,  mediante  una   estrategia de intimidación y persecución hacia los jueces que no atiendan a sus órdenes, para someterlos a un régimen de terror que les impida cumplir con su función de garantizar la integridad de la Constitución mediante la protección de los derechos humanos.

En efecto,

1.-  La   Jueza María Lourdes Afiuni  ha estado sometida desde hace nueve (9) años a un enjuiciamiento que fue  solicitado públicamente por el Presidente Hugo Chávez,  por el hecho de  haber cumplido como Juez 31ª de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas,  con su deber constitucional de garantizar el derecho de todo imputado de solicitar la sustitución de  la medida judicial de privación  preventiva  de libertad por otras menos gravosas.

2.- No conforme con la detención arbitraria, en su propio Tribunal junto con sus empleados, inmediatamente a la solicitud que hizo el prenombrado Presidente, la Jueza Afiuni fue acusada de los delitos de corrupción propia, abuso de autoridad, favorecimiento de evasión, y asociación para delinquir, por haber dictada, conforme a la ley,  una medida sustitutiva de privación de libertad a favor de un procesado que el gobierno consideraba  como enemigo.

3.- Una vez detenida fue objeto de tratos crueles, inhumanos y degradantes; y,  aún se le mantiene bajo  ilegítimas restricciones a su derecho al trabajo, a la libertad de expresión y al libre tránsito.

4.- Además  la Jueza Afiuni  ha  sido sometida a un proceso disciplinario sin señalamiento de las faltas que se le imputan y sin que haya  podido tener acceso al expediente, ni obtener copia certificada del mismo, asignándole, de oficio un defensor público, no obstante, contar con defensa privada;

5.- El proceso a la que se  sometió  a la Jueza Afiuni, desde el año 2009 ha sido suspendido en diversas oportunidades, iniciándose un segundo proceso; que se mantiene en suspenso sin celebración de audiencia alguna por más del tiempo que corresponde a la pena máxima prevista para los delitos que, de manera infundada se atribuyen a la Jueza Afiuni.

Ante los hechos descritos y las violaciones de derecho fundamentales el Bloque Constitucional de Venezuela,

DECLARA:

1.- La  Jueza  María Lourdes Afiuni es víctima del delito de detención arbitraria y de torturas, de delitos de lesa humanidad, conforme a lo pautado por la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Principios básicos de la ONU, el Estatuto de la Corte Penal Internacional,  la Convención contra la Tortura, y otros Tratos, o Penas, Crueles o Inhumanos y los Principios básicos de las Naciones Unidas sobre la función de los abogados; como lo han reconocido la Red Latinoamericana de Jueces, la Comisión Internacional de Juristas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas, y Amnistía Internacional.

2.- Ello califica, en sí mismo, a los órganos ejecutivos y al propio Sistema de  Justicia y a sus agentes, como responsables de tales delitos, que exigen castigo, los que habrán de establecerse  cuando se  restablezca la institucionalidad del Estado Democrático de Derecho y de Justicia.

3.- La detención y el enjuiciamiento de  la Jueza María Lourdes Afiuni  es manifestación burda del grado de deterioro de la institucionalidad judicial del país,  como un caso de  la indebida interferencia política por parte del ejecutivo en el Poder Judicial  y de las represalias que se llevan a cabo en contra de los jueces  por ejercer  sus funciones constitucionalmente garantizadas, con el  propósito de socavar el Estado de Derecho y obstruir la justicia.

4. El caso de la Jueza Afiuni, ha sido considerado emblemático, por ello en  el ámbito de los organismos internacionales a quienes corresponde velar por las violaciones de los derechos humanos, cada vez que se encuentran en presencia de expedientes que relatan violaciones y torturas, los califican como “Efecto Afiuni”, denotando con ello que, en este caso, se conjugan prácticamente todo tipo de violaciones, tortura y afrenta a las cuales un ser humano puede ser impunemente sometido. Por ello, el caso Afiuni es, y así quedará para la historia judicial de nuestro país, como una vergüenza que nos marcará para siempre, cometida por aquellos que deambulan por las mazmorras en donde pueden dejar expresado con holgura abusando de su “autoridad”, el lado más obscuro del ser humano; sin embargo, como Bloque Constitucional y abogados comprometidos con el rescate del Sistema de Justicia, trabajaremos vehementemente, en borrar de nuestra historia esa mancha escabrosa y dolorosa, devolviendo a cada ser humano  que viva en este país la protección del respeto por su dignidad y condición humana.

Por todo lo expuesto, el Bloque Constitucional de Venezuela reitera su exigencia del restablecimiento pleno de los derechos de la Juez María Lourdes Afiuni, y su compromiso firme de reinstitucionalización del Sistema de Justicia independiente y democrático, atendiendo a la reestructuración y evaluación de la idoneidad de la gestión de los jueces, para sustituir el presente Sistema ideologizado y subordinado por un  Poder Judicial autónomo sin el cual el Estado de Derecho es inexistente.

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