Súmate denuncia que el CNE de Maduro ejecuta actividades fuera del cronograma establecido

Súmate denuncia que el CNE de Maduro ejecuta actividades fuera del cronograma establecido

Archivo

 

 

 

Cuando estamos a menos de dos meses y medio del día de la votación de las Elecciones Regionales y Municipales, Súmate alerta al directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) que está ejecutando actividades en fechas que no se corresponden con las indicadas en el cronograma electoral publicado en su portal Web, la mayoría de ellas asociadas a las postulaciones de candidatos a los cargos de 23 Gobernadores y 253 Legisladores Estadales, 335 Alcaldes y 2.471 Concejales Municipales; producto del impacto que tuvo la prórroga de la misma por seis días continuos que concedió para que todas las organizaciones con fines políticos habilitadas pudieran cumplir con el derecho constitucional a Ser Elegido.

La Asociación Civil con más de 19 años de labor en la defensa de los derechos políticos agrega que ya han transcurrido 8 días de la tercera extensión del cierre del lapso de presentación de las postulaciones por parte del directorio del CNE, lo cual implica que está en mora con su obligación legal de modificar el cronograma electoral para reprogramar todas las actividades impactadas por esta decisión, tal como se lo exigen los artículos 42 y 44 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y 111 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (RGLOPRE). Esta última disposición sublegal establece que el CNE “sólo podrá modificar el Cronograma Electoral respecto a etapas, actos y actuaciones en los cuales no se afecten los derechos de las personas, así como tampoco, los lapsos de los procedimientos establecidos en la Ley y en el presente Reglamento.”

En este particular, la Organización Ciudadana advierte al CNE que por no haber publicado a la fecha “mediante resolución debidamente motivada”, la decisión de extender por tres ocasiones el cierre del lapso de presentación de postulaciones (el 28 de agosto por tres días adicionales, del 29 de agosto al 01 de septiembre; el 01 de septiembre lo prorrogó al 02 septiembre; y el 02 de septiembre fijó como fecha de cierre definitivo el 04 de este mes), como lo exige el artículo 46 de la LOPRE, carece de basamento legal y podría causar daños irreparables a los actores políticos que hicieron uso de estas tres prórrogas, ya que podrían considerarse “como no presentadas” las postulaciones que realizaron fuera del lapso inicial de 21 días previstos en la actividad Nº 39 del actual cronograma electoral. Indica que así lo estipula el artículo 44 de la LOPRE: “El Cronograma Electoral establecerá los lapsos previstos para las postulaciones. Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral, serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas.” (Resaltado nuestro).

La ONG observa que hasta la fecha el directorio del CNE ha anunciado la reprogramación de sólo dos de las actividades impactadas por la extensión del cierre del lapso de presentación de postulaciones, una de ellas ejecutadas parcialmente el 09 de septiembre, como son:

– Acto de Escogencia de Posición en la Boleta Electoral (nacional y regional), prevista del 6 al 8 en el actual cronograma electoral, y que reprogramó para acometerla del 9 al 11 de septiembre, según anunció en notas de prensa publicadas en su portal Web el 03 y 06 de septiembre, respectivamente. Precisa que esta actividad ya fue cumplida parcialmente el 9 de ese mes para las Organizaciones con Fines Políticos (OFP) nacionales y que completará el 11 de este mes para las OFP de carácter regional en las sedes las Oficinas Regionales Electorales (ORE), según lo informado por el CNE en el aviso de prensa publicado el 06 de septiembre en su portal Web.

– Lapso para que las Modificaciones y Sustituciones se Reflejen en la Boleta, anunciada por el CNE para iniciarla el próximo 13 de septiembre, sin indicar fecha de cierre, según nota de prensa en el portal Web del 06 de septiembre. Está prevista en el cronograma electoral del 08 al 22 de septiembre, pero el presidente de directorio del CNE informó solo la fecha del inicio de este lapso y omitió la del cierre. Insta al directorio del CNE a pronunciarse cuanto antes, porque no se sabe si el cierre será el 22 de septiembre, que es la fecha que fija el cronograma electoral o el 27 del mes en curso, para cumplir con los 15 días continuos establecidos en el mismo.

A la Asociación Civil le llama la atención que el CNE haya guardado silencio en cuanto a las otras actividades igualmente impactadas por la decisión de extender el cierre del lapso de presentación de las postulaciones por seis días adicionales, de las cuales nada ha informado sobre su estatus de ejecución y cumplimiento, como son:

– Presentación de Recursos contra la Admisión o Rechazo de las Postulaciones, establecida del 09 de agosto al 03 de septiembre en la actividad Nº 40 del cronograma electoral.

– Publicación del Auto de Admisión de Recursos en contra de las Postulaciones, prevista del 09 de agosto al 03 de septiembre de 2021 en la actividad Nº 41 del cronograma electoral.

– Decisión de los Recursos contra la Admisión o Rechazo de las Postulaciones, fijada del 10 de agosto al 03 de septiembre en la actividad Nº 42 del cronograma electoral.

– Subsanación de Recaudos de Postulaciones, del 11 de agosto al 05 de septiembre en la actividad Nº 43 del cronograma electoral. El lapso resultó afectado, aunque mayoría de los días para su ejecución estaba dentro de los días previstos para la presentación de las postulaciones.

– Acta de Cierre de Postulaciones, prevista para el 03 de septiembre en la actividad Nº 53 del cronograma electoral. Fue impactada ya que la extensión del cierre lapso de la presentación de las postulaciones finalizó un día después. El CNE debió cambiar esta fecha, que todavía no ha informado.

En cuanto a la presentación de las postulaciones de candidatos, Súmate manifiesta que hasta la fecha se desconoce si las 23 Juntas Regionales Electorales y 335 Juntas Municipales Electorales publicaron en las carteleras de sus respectivas sedes las que fueron declaradas como no presentadas, admitidas o rechazadas. Aclara que esta es una condición indispensable para que se active el lapso de 5 días continuos en el cual cualquier ciudadano está en el derecho de ejercer la impugnación de aquellos candidatos que a pesar de que hayan sido admitidos por estos organismos electorales subalternos de la Junta Nacional Electoral, pudieran incurrir en el incumplimiento de uno o varios de los requisitos de elegibilidad y de postulación exigidos.

La Asociación Civil considera insólito que en la Junta Nacional Electoral no le hayan dado respuesta oportuna a su solicitud de la dirección en donde funcionan las 23 Juntas Regionales Electorales y 335 Juntas Municipales Electorales , lo cual dificultó su labor de contraloría para verificar si las mismas cumplieron con esta primera actividad de “Recibir las postulaciones para candidatas o candidatos… según corresponda, declararlas como no presentadas, admitirlas o rechazarlas”, según lo previsto por los artículos 70, numeral 4; 97, numeral 1; 99; numeral 2; 132, numeral 5; 134, numerales 2 y 4; 139 y 141 del RGLOPRE.

En este particular, precisa que uno de los requisitos de postulación para los candidatos a cargos nominales, como son los cargos a Gobernadores, Alcaldes, Legisladores y Concejales por circunscripciones; es la presentación del programa de gestión que promete acometer en el período del cargo de elección, tal como lo exige el artículo 132.7 del RGLOPRE, y que no hubo medio disponible para que los electores pudieran acceder, consultar y debatirlo. Por esta razón, hace un llamado al directorio del CNE para que publique en su portal Web la lista de los nombres de los 70.244 candidatos postulados admitidos a las Elecciones Regionales y Municipales según informó en nota de prensa del 06 de septiembre en su portal Web, con sus respectivos programas de gestión, con el fin de facilitar el derecho de los ciudadanos a ejercer la impugnación en los ámbitos geográficos estadales y municipales que les corresponda, en cumplimiento con lo estipulado por el artículo 139 del RGLOPRE.

Nota de Prensa

Exit mobile version