Súmate: CNE debe aprobar antes de finalizar el año cronograma para revocatoria de cargos en 2023

Súmate: CNE debe aprobar antes de finalizar el año cronograma para revocatoria de cargos en 2023

Fotografía del 21 de agosto del 2021 donde se observa una de las sedes del Consejo Nacional Electoral (CNE), en Caracas (Venezuela). EFE/MIGUEL GUTIERREZ

 

La Asociación Civil Súmate alerta al directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) que tiene menos de 15 días para cumplir con su deber de aprobar y publicar el cronograma para la realización de los referendos revocatorios de los Diputados de la Asamblea Nacional 2020, Gobernadores y Legisladores Estadales, Alcaldes y Concejales, quienes cumplirán la mitad de su período constitucional y legal entre julio y noviembre del próximo año 2023.

La Organización Ciudadana con más de 20 años de labor en la promoción y defensa del derecho a Elegir y Ser Elegido, explica que así lo prevé el artículo 2 de las Normas para Regular los Referendos Revocatorios, aprobadas por el directorio del CNE en Resolución Nº 070327-341, cuyo texto expresa: “El Consejo Nacional Electoral aprobará, en el último trimestre de cada año, el cronograma… para la realización de los referendos revocatorios de los funcionarios revocables en el año siguiente…” Agrega que esta disposición está refrendada por el artículo 31 de las Normas para Regular la Promoción y Solicitud de Referendos, también aprobadas por los rectores del Poder Electoral en Resolución N° 070906-2770. Precisa que estas dos normas sublegales mencionadas que regulan el derecho constitucional a la revocatoria de mandatos de elección popular están vigentes, aprobadas por el directorio del CNE ante la ausencia de una Ley de Referendos.





La ONG le recuerda al cuerpo directivo del CNE que está obligado por los artículos 6 y 72 de la Constitución de la República a facilitar el ejercicio del derecho a revocar a los funcionarios de elección popular. Por esta razón, espera no se repita la omisión de la publicación dentro del período correspondiente; así como tampoco la publicación de condiciones para las solicitudes de referendos revocatorios que hagan imposible el ejercicio de este derecho constitucional consagrado en el artículo 72, como lo hizo en enero de este año, lo cual se puede corroborar en los términos y condiciones que dio a conocer el 21 de enero de 2022 para la Solicitud de la Convocatoria del Referendo Revocatorio del Presidente de la República.

La Asociación Civil aprovecha para instar al directorio del CNE a saldar la mora de 23 años con la elaboración del Proyecto de Ley de Referendos, que debe incluir la regulación de los cuatro tipos de referendos (Consultivo, Revocatorio, Aprobatorio y Abrogatorio), exigencia establecida en el artículo 70 de la Constitución en diciembre de 1999, y de 20 años según lo previsto en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), publicada en Gaceta Oficial N° 37.573 el 19 de noviembre de 2002: “El Consejo Nacional Electoral dentro del primer año siguiente a su instalación elaborará… el Proyecto de Ley… de Referendos, y lo presentará ante la Asamblea Nacional.”

En este sentido, Súmate reitera lo expresado al directorio del CNE en carta entregada el pasado viernes 25 de marzo, en cuanto que no tiene excusa o justificación de este retardo de más de dos décadas en la elaboración y presentación del Proyecto de Ley de Referendos ante la Asamblea Nacional, ya que cuenta con la facultad constitucional y legal de la Iniciativa Legislativa en materia electoral, según lo establecido en los artículos 204, numeral 6, de la Constitución y 33, numeral 5 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE). Con esta nueva legislación regulatoria de los Referendos contribuiría a que los próximos eventos de referendos cuenten con reglas oportunas y justas, acorde con el marco constitucional; y evitaría la aplicación de normas exprés y sobrevenidas, y decisiones discrecionales en el desarrollo de las consultas refrendarias, lo cual ha observado y denunciado en los últimas solicitudes de los referendos revocatorios del mandato del Presidente de la República en 2016 y en enero de 2022, respectivamente.

Nota de prensa